
Las siguientes actividades son las que han sido planificadas por el claustro de profesores en la Programación General Anual y aprobadas por el Consejo Escolar. Siempre queda abierta a alguna modificación que también deberá ser aprobada por el Consejo Escolar del Centro.
Como Actividad Extraescolar se considerarán aquellas actividades que se desarrollen en parte o en su totalidad fuera del horario escolar. En el caso de que la actividad se desarrolle dentro del horario escolar se considerará como Actividad Complementaria (no aparecen en este aprtado y se pueden consultar con los tutores y profesores del centro).